LEY NO. 123
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
En uso de sus facultades,
HA DICTADO:
"LEY CREADORA DE LA ORDEN GENERAL JOSÉ DOLORES ESTRADA, BATALLA DE SAN JACINTO"
Arto. 1

Créase la Orden "General José Dolores Estrada, Batalla de San Jacinto", que será otorgada por el presidente de la República de Nicaragua a los Nacionales y extranjeros, en reconocimientos por servicios sobresalientes a la patria o a la humanidad y como estimulo a la labor meritoria en campo político y diplomático.


Arto. 2

La presente Ley será reglamentada por el Poder Ejecutivo

Arto. 3

Derógase la Ley creadora de la Orden de San Jacinto, publicada en la Gaceta, Diario Oficial No. 209 del 12 de Septiembre de 1956.


Arto. 4

La presente Ley comenzara a regir desde la fecha de su publicación por cualquier medio de comunicación social sin perjuicio de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinte días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y uno.

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