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DIFERENDO CON HONDURAS |
Reuniones de Presidentes Centroamericanos
| Cumbre |
Fecha y Sede |
| I Cumbre / Esquipulas I |
Esquipulas, Guatemala, 24 y 25 de mayo
de 1986 |
| Suscriptonres |
Documento |
Costa Rica: Oscar Areas
El Salvador: José Napoleón Duarte
Guatemala: Marco Vinicio Cerezo
Honduras: José Azcona Hoyo
Nicaragua: Daniel Ortega Saavedra |
Declaración de Esquipulas |
| Asunto |
Declaran
-
que han decidido formalizar las
reuniones de Presidentes como una instancia necesaria
y conveniente para analizar los problemas más urgentes
que se presenten en el área en relación a la paz
y al desarrollo regional y buscarles soluciones
apropiadas.
-
Que es necesario crear y complementar
esfuerzos de entendimiento y cooperación con mecanismos
institucionales que permitan fortalecer el diálogo,
el desarrollo conjunto, la democracia y el pluralismo
como elementos fundamentales para la paz en el área
y para la integración de Centroamérica.
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| Cumbre |
Fecha y Sede |
II Cumbre
Esquipulas II |
Guatemala, 6 y 7 de agosto de 1987 |
| Suscriptonres |
Documento |
Nicaragua: Daniel Ortega S.
Honduras: José Azcona Hoyo |
Acuerdo entre Nicaragua y Honduras. |
| Asunto |
En el contexto de Esquipulas II, los Presidentes Daniel Ortega
y José Azcona, suscribieron este acuerdo mediante el
cual instruían a sus respectivos Secretarios de Relaciones
Exteriores para que "soliciten a la Corte Internacional
de Justicia que tenga a bien aceptar el diferimiento
de la celebración de la parte oral del Juicio sobre
competencia que Inter.-alia se ventila ante aquel alto
Tribunal por un período de tres meses; en el entendido
que dicha situación judicial será examinada nuevamente
por ellos por motivo de la reunión de Presidentes Centroamericanos
que tendrá lugar en el término de 150 días, conforme
el compromiso establecido en el plan de plan de pacificación,
con el fin de convenir el desistimiento de los recursos
a la acción judicial internacional sobre la situación
Centroamericana". |
| Cumbre |
Fecha y Sede |
| V Cumbre |
Tela, Honduras, 5-7 agosto 1989 |
| Suscriptonres |
Documento |
Costa Rica: Oscar Areas
El Salvador: José Napoleón Duarte
Guatemala: Marco Vinicio Cerezo
Honduras: José Azcona Hoyo
Nicaragua: Daniel Ortega Saavedra |
Declaración de Tela |
| Asunto |
Acuerdo No. 2: Propiciar la solución concertada de aquellos
diferendos que surjan en los diversos países centroamericanos,
en forma directa, por lo cual se respaldó el acuerdo
entre Honduras y Nicaragua en relación a la demanda
ante la Corte de La Haya, que los Presidentes de Guatemala,
El Salvador y Costa Rica apoyan moralmente. |
| Cumbre |
Fecha y Sede |
| VI Cumbre |
San Isidro de Coronado, Costa Rica, 10
12 de diciembre de 1989 |
| Suscriptonres |
Documento |
Costa Rica: Oscar Areas
El Salvador: Alfredo Cristiani Buckard
Guatemala: Marco Vinicio Cerezo
Honduras: José Azcona Hoyo
Nicaragua: Daniel Ortega Saavedra |
Declaración de San Isidro de Coronado |
| Asunto |
Artículo 13: En relación
con la demanda interpuesta por el Gobierno de Nicaragua
contra el Gobierno de Honduras ante la Corte Internacional
de Justicia, bajo el epígrafe de "Acciones Armadas
Fronterizas y Transfronterizas" los Presidentes
de dichos países acuerdan crear una comisión con representación
bilateral, que busque, dentro de un plazo de seis meses
a partir de esta fecha, un arreglo extrajudicial para
el referido diferendo. Con el fin de facilitar el trabajo
de la comisión, acuerdan igualmente instruir a sus respectivos
agentes en el juicio dicho para que, de inmediato y
conjunta o separadamente, comuniquen a la Corte el presente
acuerdo, al cual, por su sola presentación, se le reconocerá
plena e inmediata validez entre los altos litigantes
y le soliciten que difiera la fecha para la fijación
del plazo de presentación de la contramemoria hondureña,
hasta el 11 de junio de 1990.
Asimismo, para el caso de que en la
fecha indicada no se hubiere llegado a ningún arreglo
extrajudicial, acuerdan que los agentes de cualesquiera
de los países soliciten a la Corte que el plazo que
conceda al Gobierno de Honduras para la presentación
de la referida contramemoria sea de seis meses. |
| Cumbre |
Fecha y Sede |
| VIII Cumbre |
Antigua Guatemala, 15 y 16 de junio de
1990 |
| Suscriptonres |
Documento |
Costa Rica, Rafael Ángel Calderón
El Salvador, Alfredo Cristiani B.
Guatemala, Marco Vinicio Cerezo Arévalo
Rafael Leonardo Callejas Romero, Honduras
Nicaragua, Violeta Barrios de Chamorro
Observador invitado: Panamá, Guillermo Endara Gallimany |
Declaración de Antigua |
| Asunto |
Acuerdos:
Los Presidentes de Guatemala, El Salvador
y Costa Rica dentro del espíritu de los Acuerdos de
Esquipulas II y teniendo presente los Acuerdos de Tela
y San Isidro de Coronado relacionados con la demanda
incoada ante la Corte Internacional de Justicia de La
Haya de fecha 28 de Julio de 1986 por Nicaragua contra
Honduras, bajo el epígrafe "Acciones Armadas Fronterizas
y Transfronterizas" instan a los Gobiernos de Nicaragua
y Honduras a integrar la Comisión que buscará un arreglo
extrajudicial para el referido diferendo, con la esperanza
que se encuentre la más pronta solución.
Con el propósito de fortalecer y ampliar
los alcances del proceso pacificador regional, instruir
a la Comisión Ejecutiva que proponga mecanismos y acciones
concretas en materia de solución pacífica de las controversias,
en la eventualidad de diferendos entre Estados de la
región.
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| Cumbre |
Fecha y Sede |
| XI Cumbre |
Tegucigalpa, Honduras, 11 - 13 de diciembre
de 1991 |
| Suscriptonres |
Documento |
Costa Rica, Rafael Ángel Calderón
El Salvador, Alfredo Cristiani B.
Guatemala, Marco Vinicio Cerezo Arévalo
Rafael Leonardo Callejas Romero, Honduras
Nicaragua, Violeta Barrios de Chamorro
Panamá, Guillermo Endara Gallimany
Observador invitado: Belice, George Price |
Protocolo de Tegucigalpa a la Carta
de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA) |
| Asunto |
Artículo 4: principios fundamentales
d) Solidaridad centroamericana como
expresión de su profunda interdependencia, origen y
destino común;
g) La seguridad jurídica de las relaciones
entre los Estados Miembros y la solución pacífica de
sus controversias.
h) La buena fe de los Estados Miembros
en el cumplimiento de sus obligaciones, absteniéndose
de establecer, convenir o adoptar medida alguna que
sea contraria a las disposiciones de este Instrumento
o que obstaculice el cumplimiento de los principios
fundamentales del SISTEMA DE LA INTEGRACIÓN CENTROAMERICANA
o a la consecución de sus objetivos.
Artículo 6: Los Estados Miembros se
obligan a abstenerse de adoptar medidas unilaterales
que pongan en peligro la consecución de los propósitos
y el cumplimiento de los principios fundamentales del
SISTEMA DE LA INTEGRACIÓN CENTROAMERICANA.
Artículo. 35: Este Protocolo y sus
instrumentos complementarios y derivados prevalecerán
sobre cualquier Convenio, Acuerdo o Protocolo suscrito
entre los Estados Miembros, bilateral o multilateralmente,
sobre materias relacionadas con la integración centroamericana.
No obstante, quedan vigentes entre dichos Estados las
disposiciones de aquellos Convenios, Acuerdos y Tratados
siempre que las mismas no se opongan al presente instrumento
u obstaculicen el logro de sus propósitos y objetivos.
Toda controversia sobre la aplicación
o interpretación de las disposiciones contenidas en
el presente Protocolo y demás instrumentos a que se
refiere el párrafo anterior, deberá someterse a la Corte
Centroamericana de Justicia. |
| Cumbre |
Fecha y Sede |
| XII Cumbre |
Managua, 4 y 5 de junio, 1992 |
| Suscriptonres |
Documento |
Costa Rica, Rafael Ángel Calderón
El Salvador, Alfredo Cristiani B.
Guatemala, Jorge Antonio Serrano
Rafael Leonardo Callejas Romero, Honduras
Nicaragua, Violeta Barrios de Chamorro
Panamá, Guillermo Endara G.
Observador invitado: Belice, George Price |
Declaración de Managua |
| Asunto |
Artículo 17. El principio de la solución pacífica de controversias
es una norma fundamental para la convivencia entre los
Estados de la región...
Artículo 18. El desistimiento de Nicaragua
de la demanda incoada ante la Corte Internacional de
Justicia es motivo de congratulación ya que abre una
nueva etapa para las relaciones entre ese país y Honduras. |
| Cumbre |
Fecha y Sede |
| XIII Cumbre |
Panamá, 9 11 diciembre de 1992 |
| Suscriptonres |
Documento |
Costa Rica, Rafael Ángel Calderón
El Salvador, Alfredo Cristiani B.
Guatemala, Jorge Antonio Serrano Elías
Rafael Leonardo Callejas Romero, Honduras
Nicaragua, Violeta Barrios de Chamorro
Panamá, Guillermo Endara Gallimany
Observador invitado: Belice, George Price |
Declaración de Panamá |
| Asunto |
Artículo 24. Destacamos la importancia de que el Consejo de
Ministros de Relaciones Exteriores analice la posibilidad
de desarrollar acciones conjuntas en la defensa del
patrimonio territorial de los Estados de la Región.
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| Cumbre |
Fecha y Sede |
| XV Cumbre |
Guácimo, Limón, Costa Rica, 20 de agosto
de 1994 |
| Suscriptonres |
Documento |
Costa Rica, José María Figueres Olsen
El Salvador, Armando Calderón Sol
Guatemala, Ramiro de León Carpio,
Carlos Roberto Reina Idiáquez, Honduras
Nicaragua, Violeta Barrios de Chamorro
Panamá, Guillermo Endara Gallimany
Observador invitado: Belice, Manuel Esquivel |
Declaración de Guácimo |
| Asunto |
Párrafo 7: Reconocemos ante el mundo el carácter único e indivisible
del patrimonio natural de Centroamérica y asumimos la
responsabilidad de conservarlo. Al mismo tiempo, confiamos
en que el mundo reconozca estos esfuerzos, para beneficio
de las generaciones presentes y futuras... |
| Cumbre |
Fecha y Sede |
| Extraordinaria |
Volcán Masaya, Nicaragua, 12 de octubre
de 1994 |
| Suscriptonres |
Documento |
Costa Rica, José María Figueres Olsen
El Salvador, Armando Calderón Sol
Guatemala, Ramiro de León Carpio,
Honduras, Carlos Roberto Reina Idiáquez,
Nicaragua, Violeta Barrios de Chamorro
Panamá, Ernesto Pérez Balladares, Belice, Henry Young,
Representante del Primer Ministro |
Alianza para el Desarrollo Sostenible |
| Asunto |
- La Promoción de la Paz y la Democracia como formas
básicas de convivencia humana.
La libertad política; el respeto, tutela
y promoción de los derechos humanos; el combate a la
violencia, la corrupción y la impunidad; y el respeto
a los tratados internacionales válidamente celebrados,
son elementos esenciales para la promoción de la paz
y la democracia como formas básicas de convivencia. |
| Cumbre |
Fecha y Sede |
| XVII Cumbre |
San Pedro Sula, Honduras, 15 de diciembre
de 1995. |
| Suscriptonres |
Documento |
Costa Rica, José María Figueres Olsen
El Salvador, Armando Calderón Sol
Guatemala, Ramiro de León Carpio,
Honduras, Carlos Roberto Reina Idiáquez
Nicaragua, Julia Rivera Mena, Vicepresidente
Panamá, Tomás Gabriel Altamirano Duque, Vicepresidente |
Tratado Marco de Seguridad Democrática
en Centroamérica |
| Asunto |
Considerando:
Que el desarrollo sostenible de Centroamérica
sólo podrá lograrse con la conformación de una comunidad
jurídica regional, que proteja, tutele y promueva los
Derechos Humanos y garantice la seguridad jurídica,
y que asegure las relaciones pacíficas e integracionistas
entre los Estados de la región; (párrafo 4, primera
página);
Que aquellas situaciones que quebranten
la paz y afecten la seguridad de cualesquiera de los
Estados centroamericanos afectan también a todos los
estados de la región y sus habitantes; (párrafo 5, primera
página)
Título III Seguridad Regional
Artículo 26. principios:
a) la igualdad soberana entre los Estados
y la seguridad jurídica en sus relaciones;
b) la solución pacífica de controversias,
renunciando a la amenaza o al uso de la fuerza como
medio para resolver sus diferencias. Los Estados se
abstendrán de cualquier acción que pueda agravar los
conflictos u obstaculizar el arreglo de eventuales controversias
por medios pacíficos;
c) la renuncia a la amenaza o al uso
de la fuerza contra la soberanía, la integridad territorial
y la independencia política de cualquier Estado de la
región signatario del presente Tratado;
h) la defensa colectiva y solidaria
en caso de agresión armada de un Estado situado fuera
de la región contra la integridad territorial, la soberanía
y la independencia de un estado centroamericano, de
conformidad con las normas constitucionales respectivas
y los tratados internacionales vigentes;
i) la unidad nacional y la integridad
territorial de los Estados en el marco de la integración
centroamericana; y
j) el respeto a los propósitos y principios
de la Carta de las Naciones Unidas (ONU) y de la Carta
de la Organización de los Estados Americanos (OEA).
Artículo 27. son objetivos complementarios
del Modelo ene esta materia:
f) promover la seguridad jurídica de
las fronteras de los Estados signatarios del presente
Tratado, por medio de las delimitaciones, demarcaciones
y solución de diferendos territoriales pendientes, en
los casos que corresponda, y garantizar la defensa común
del patrimonio territorial, cultural y ecológico de
Centroamérica, de acuerdo a los mecanismos del Derecho
Internacional.
Artículo 45
Sin perjuicio de lo establecido en
la Carta de las Naciones Unidas y en la Carta de la
Organización de los Estados Americanos sobre arreglo
pacífico de controversias, las Partes reafirman su obligación
de resolver cualquier diferencia que pueda poner en
peligro la paz y la seguridad de la región, por la vía
de la negociación, la investigación, la mediación, la
conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial o cualquier
otro medio pacífico de solución de controversias. |
| Cumbre |
Fecha y Sede |
| Extraordinaria |
Managua, Nicaragua, 2 de septiembre de
1997 |
| Suscriptonres |
Documento |
Costa Rica: José Figueres Olsen
El Salvador: Armando Calderón Sol
Guatemala: Álvaro Arzú Irigoyen
Honduras: Carlos Roberto Reina Idiáquez
Nicaragua: Arnoldo Alemán Lacayo
Observadores:
Panamá: Ernesto Pérez Balladares
Belice: Manuel Esquivel
República Dominicana: Jaime David Fernández Mirabal,
Vicepresidente |
Declaración de Nicaragua |
| Asunto |
Nuestro Istmo constituye una unidad geográfica y ecológica
indivisible, cuyos pueblos y naciones representan una
extraordinaria diversidad cultural y étnica, con una
lengua e historia común. Compartimos en el Istmo un
patrimonio colectivo cuyo aprovechamiento, en el siglo
venidero, estará condicionado por desafíos extraordinarios
que sólo podrán ser exitosamente enfrentados de manera
conjunta, en un espíritu de confraternidad y solidaridad.
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